¿Quieres hacer un concierto? Ministerio de Cultura de Perú publica los lineamientos a seguir

El día de hoy fue publicado en el diario oficial El Peruano la resolución ministerial N° 000321-2020-DM/MC, con la cual se aprobó el “Protocolo Sanitario Sectorial para la implementación de medidas de vigilancia, prevención y control frente al COVID-19 en las actividades de artes escénicas con público”. En términos más claros, se han hecho oficiales por fin los lineamientos obligatorios para que se pueda organizar y llevar a cabo un evento artístico o cultural.

Algo importante a destacar es que, a diferencia de otras ocasiones, este documento fue elaborado en constante conversación con varios agentes de la industria musical. Así lo dio a conocer a través de un post en Facebook Camilo Riveros Vásquez, destacado músico, gestor cultural y miembro del Ministerio de Cultura.

«El protocolo está diseñado pensando en las diversas realidades del Perú y las características de la enfermedad. Ahora el tema es que aprendamos a convivir con nuevas distancias y limpieza constante. (…) Gracias a lxs representantes del sector de la música que han dado sus opiniones y aportes en todo este proceso. Este es un caso cuándo las normas son logros colectivos», manifestó Riveros, quien es además bajista de la banda peruana Plug Plug.

Entre las 36 páginas que componen el protocolo encontramos un glosario de términos (necesario para evitar ambigüedades o el aprovechamiento de vacíos legales), las responsabilidades en cada uno de los agentes organizadores de un evento, las medidas de desinfección de locales, las normas para la venta de entradas, lineamientos durante el evento y más.

Entre los puntos más resaltantes tenemos:

  • Los artistas callejeros están contemplados para que puedan realizar espectáculos en la vía pública en tanto sigan los lineamientos. Para ello, deben recibir facilidades y pautas complementarias de parte de las municipalidades, comisarías, etc.
  • La duración de los eventos podrá ser mayor a 90 minutos, siempre y cuando los recintos donde se llevan a cabo tengan «una renovación constante de la ventilación natural, y no exceda los tiempos que permita un montaje, desmontaje y traslado de personal dentro de horario establecido».
  • Están permitidos el expendio y consumo de alimentos y bebidas durante los eventos siempre que el espacio exclusivo para ello y cumpla con el protocolo sectorial para restaurantes (Resolución Ministerial N° 208-2020-PRODUCE y Resolución Directoral N° 014-2020-PRODUCE-DGDE).

¿Tienes pensado a realizar un concierto? Te invitamos a leer la Resolución Ministerial y Protocolo sanitario sectorial completo a continuación:

RESOLUCION MINISTERIAL-000321-2020-DM.pdf.

Protocolo Artes Escénicas con público.pdf. (www.gob.pe)